Documento informativo del RD 723/2026 para personas cedidas por una ETT

Actualizado el . Revisado con los textos publicados en el BOE.

Si la persona trabajadora viene cedida por una empresa de trabajo temporal (ETT), su documento informativo lleva un apartado más: quién es la empresa usuaria y cuál es la causa de cada contrato de puesta a disposición. Es el apartado j) del artículo 3.2.

Qué pide el apartado j)

El artículo 3.2.j del Real Decreto 723/2026 exige informar, «en el caso de personas trabajadoras cedidas por empresas de trabajo temporal», de «la identidad de la empresa usuaria y la causa que habilita a la celebración de cada contrato de puesta a disposición». Es decir:

  • La empresa usuaria: el nombre o la razón social de la empresa donde la persona va a trabajar en realidad.
  • La causa de cada puesta a disposición: por qué se cede a esa persona a esa empresa. Por ejemplo, «aumento de pedidos en la campaña de Navidad, del 15 de noviembre al 10 de enero».

El resto del documento tiene los mismos apartados que cualquier otro: identidad de las partes, duración, lugar, funciones, salario, jornada, periodo de prueba, convenio, etc.

¿Quién tiene que entregarlo?

La empresa con la que la persona tiene la relación laboral. Con una ETT, quien contrata a la persona es la ETT, y por eso el apartado j) está pensado para el documento que entrega ella. La empresa usuaria es la que se identifica dentro de ese documento.

¿Y si la cambian de empresa usuaria?

Si la persona pasa a otra empresa usuaria, o cambia la causa de la puesta a disposición, cambia la información del apartado j). Los cambios de cualquier dato del artículo 3.2 se comunican por escrito (art. 5.1) lo antes posible y, como tarde, el día en que surten efecto (art. 7.3). Puedes generar la comunicación del cambio.

Cesiones cortas: la regla de las cuatro semanas

El documento informativo solo es obligatorio en las relaciones laborales de más de cuatro semanas (art. 2.2). Si la relación laboral con la ETT dura cuatro semanas o menos, no hace falta. Si dura más, sí. Si es un contrato temporal, recuerda que también hay que explicar su causa y su duración: lo tienes en el documento de un contrato temporal.

Con el generador

En el paso 5 del generador de InfoContrato, en «Empresa de trabajo temporal», desmarca «No aplica» y escribe la empresa usuaria y la causa del contrato de puesta a disposición. El documento lo incluye en el apartado j) y descarga el PDF con dos ejemplares y un recibí.

Fuentes

Esta página es informativa y no constituye asesoramiento legal. Si tienes dudas sobre un caso concreto, consulta con una gestoría o con un abogado laboralista.