Plazos de preaviso al terminar un contrato de trabajo

Actualizado el . Revisado con los textos publicados en el BOE.

El apartado n) del documento informativo pide explicar cómo se termina el contrato y los plazos de preaviso de la empresa y de la persona trabajadora. Aquí tienes los plazos que fija la ley en cada caso y un texto para copiar.

Preaviso según la forma de terminar el contrato

SituaciónPreavisoNorma
La persona trabajadora dimiteEl que fije el convenio o la costumbre del lugarArt. 49.1.d del Estatuto de los Trabajadores
Fin de un contrato temporal de más de un año15 días, quien lo dé por terminadoArt. 49.1.c
Despido por causas objetivas15 días, además de la indemnización de 20 días por añoArt. 53.1.b y c
Despido disciplinarioNo hay plazo: carta con los hechos y la fecha de efectosArt. 55.1
Durante el periodo de pruebaLa ley no fija preaviso, salvo lo que diga el convenioArt. 14.2
Empleo de hogar, durante la pruebaEl pactado, como máximo 7 díasArt. 6.2 del Real Decreto 1620/2011
Empleo de hogar, extinción por la familia por las causas del art. 11.220 días si la relación ha durado más de un año; si no, 7Art. 11.2 del Real Decreto 1620/2011

Indemnizaciones que van con el fin del contrato

  • Fin de un contrato temporal: 12 días de salario por año trabajado, en proporción, salvo en los contratos formativos y de sustitución (art. 49.1.c).
  • Despido por causas objetivas: 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades, que se ponen a disposición al entregar la carta (art. 53.1.b).
  • Empleo de hogar, por las causas del art. 11.2: 12 días por año, con un máximo de 6 mensualidades.

Qué poner en el apartado n)

El artículo 3.2.n del RD 723/2026 pide el procedimiento de extinción, los requisitos formales y los plazos de preaviso de cada parte, o cómo se determinan si no se pueden dar en ese momento. Se puede cumplir citando con precisión la ley o el convenio (art. 3.3). Un ejemplo:

«El contrato se extinguirá por las causas y con los requisitos del artículo 49 y siguientes del Estatuto de los Trabajadores. El despido se comunica por escrito, con los hechos que lo motivan y su fecha de efectos. En el despido por causas objetivas la empresa dará un preaviso de 15 días (art. 53.1.c). Si la persona trabajadora dimite, deberá avisar con [número] días de antelación, según el artículo [número] del [convenio].»

Es el texto que propone el generador de InfoContrato, que puedes completar con los plazos de tu convenio.

Fuentes

Esta página es informativa y no constituye asesoramiento legal. Si tienes dudas sobre un caso concreto, consulta con una gestoría o con un abogado laboralista.